La Pepa, sin tópicos
En un intento global de modernización y cambio de las viejas estructuras de la Nación, y encuadrada dentro de la política legislativa reformadora que las Cortes tratan de aplicar, el 19 de marzo de 1812, vio la luz uno de los textos más importantes para la historia del constitucionalismo español, la Constitución de 1812.
Aquí os dejo un buen artículo sobre la Constitución del 1812.
Granada hoy
El historiador
Alberto Ramos, el hispanista Charles Esdaile y el constitucionalista Luis
García Ruiz repasan la Constitución del Doce más allá de los clichés
Pedro Ingelmo / Cádiz |
Actualizado 29.01.2012 - 05:04
El primer tópico está en el titular, La Pepa, que fue como se bautizó la
Constitución de Cádiz mucho después de que se promulgara el día de San José de
1812. De hecho, tras el trienio liberal, se acuñó La Pepa para no decir
Constitución. Sin embargo, hoy el nombre de La Pepa se asocia a una
conmemoración lastrada por continuos cambios en la dirección de un Consorcio
que nació con una vocación de interés de Estado y que la crisis ha ido
jibarizando.
El objeto de estos fastos, la primera Constitución española, lo que pretendía
ser el fin del Antiguo Régimen -luego, Fernando VII prolongaría la agonía-,
sigue siendo un gran desconocido. Invariablemente, los políticos que acuden a
Cádiz a intentar dar fuelle al Bicentenario hacen referencia al "espíritu del
Doce" . La nueva presidenta del Consorcio del Bicentenario (es la cuarta
ya ), Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno, se estrenó el
pasado 10 de enero con un discurso en el que afirmó: "Conmemoramos un
espíritu que hay que fortalecer; esta efemérides debe servir para la
regeneración institucional". Pero, ¿cuál es ese espíritu del que todo el
mundo habla y nadie explica?
Alberto Ramos Santana, catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad
de Cádiz y miembro de la Comisión Nacional del Bicentenario, es una de las
personas que más ha hecho por la divulgación del texto constitucional. Charles
Esdaile, profesor de la Universidad de Liverpool, es uno de los mayores
expertos del mundo en Napoleón y el hispanista británico con mayor conocimiento
de este episodio de nuestra Historia. Aportó una nueva visión, que a muchos
disgustó, sobre los primeros y convulsos años del siglo XIX en España en su
libro La guerra de la independencia. Luis García Ruiz es catedrático de
Derecho Constitucional. Los tres han respondido a un cuestionario remitido por
este periódico y la primera pregunta no podía ser otra que esa: ¿Qué es el
espíritu del Doce?
Para Ramos, reconociendo que "no sabría decir a qué se refieren los
políticos" actuales cuando hablan de ello, "la Constitución de Cádiz
es algo más que la primera constitución española. Por las difíciles
circunstancias en las que se gestó, en medio de una guerra, por invocar y
recuperar para la nación la soberanía y por su carácter rupturista, se convirtió
en un símbolo, en un mito del liberalismo y de los demócratas españoles. Su
afán de mejora de la sociedad fue el principal legado que Cádiz y la
Constitución de 1812 dejaron. Por eso, Cádiz se convirtió en un emblema de la
lucha por la independencia frente al invasor y sede de la revolución política,
en cuna de la libertad".
Esdaile interpreta que con ese espíritu "los políticos lo que hacen es
referirse a un deseo de modernizar, de poner el país al día y, quizá, de
enfrentarse a las dificultades". El hispanista considera que, en un
momento de tremenda crisis, unos y otros invocan un mito, "algo visto como
bueno, incluso democrático. Es la idea de tomar una acción radical y
decisiva". Pero Eisdale tiene su propia opinión sobre el 'espíritu':
"Es algo más preciso. Consiste en insistir en la soberanía del pueblo
español; la igualdad frente al ley; la libertad de propiedad, comercio y
ocupación; y la unidad absoluta del territorio y administración nacional. Se
observará que en lo dicho hay muchas diferencias con la España de hoy. A modo
de ejemplo, las comunidades autónomas habrían sido totalmente inaceptables para
los doceañistas".
Para García Ruiz, el espíritu del Doce es "asumir la esencia de lo que el
movimiento constitucional representa, esto es, la soberanía nacional, la
separación de poderes y la existencia de unos derechos fundamentales que son
previos a su propio reconocimiento por el Estado".
Ninguno de ellos menciona en este espíritu el consenso. Consenso es una palabra
que popularizó la Transición. ¿Existió en Cádiz? Existió en la medida en que la
Constitución se aprobó, pero los doceañistas serviles no tardaron ni unos meses
en firmar, tras el regreso del 'deseado' Fernando VII, el Manifiesto de los
Persas, en el que se pedía la derogación de la Carta Magna que ellos mismos
habían aprobado y España, a garrotazos, se hizo dos Españas y los exilios
fueron millares. Con ese desenlace, ¿se podría trazar una línea de comparación
con otra Constitución que acabó con otro antiguo régimen, la de 1978?
Ramos sí cree en el consenso y, de hecho, lo convierte en el principal punto en
común entre ambos acontecimientos: "Además de ser epitafios de antiguos
regímenes políticos, creo que la principal similitud entre los constituyentes
de 1812 y de 1978 es su afán por lograr el consenso, conseguir dos textos que
satisfacieran, si no a todos, a la inmensa mayoría. Las dos tienen un mismo carácter
fundacional para cambiar las estructuras obsoletas del anterior Régimen".
Pese a la enorme distancia de tiempo entre una y otra, Eisdale identifica
"ideas parecidas por doquier: igualdad frente a la ley, libertad de
prensa... Pero también hay diferencias inmensas, que son las mismas diferencias
que separan la España de 1812 y la de 1978". Insiste en una de sus bases
argumentales, la soterrada federalización del país a la que abrió paso la
Constitución de la Transición. "En 1812 a nadie se le habría ocurrido
convertir a España en un sinfín de comunidades autónomas, ni mucho menos en una
democracia como la que ahora goza. Con esto no digo que las autonomías estén
bien o mal. Simplemente que a los doceañistas les hubiera horrorizado".
Dicho esto, el hispanista considera el establecimiento de un estado de derecho
"el principio más unificador, mas generalmente compartido, entre ambas
constituciones".
Según el constitucionalista García Ruiz, "los liberales fueron los que,
con mucha habilidad, llevaron sus ideas a la Constitución. Y esta habilidad
consistió en vender lo nuevo como si fuera el restablecimiento de las antiguas
leyes tradicionales españolas". Pero no tiene dudas de que los padres
del 78 fueron más habilidosos que los doceañistas porque ellos inventaron el
consenso".
¿Y fuera? ¿Fue la Constitución de Cádiz rompedora, contando con que Estados
Unidos ya había aprobado su Declaración de Independencia y su propia
Constitución y los franceses, revolucionados, habían redactado tres en cinco
años?
"La Constitución de Cádiz de 1812 no fue un hecho aislado en el panorama
internacional", recuerda Ramos. "Fue la manifestación hispánica de
las transformaciones políticas, ideológicas y jurídicas que se vivieron a fines
del siglo XVIII y comienzos del XIX en todo el mundo occidental. La Revolución
española y la Constitución de 1812 deben considerarse hitos históricos en la
misma medida que la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, la
Constitución de Filadelfia de 1787, la Revolución francesa y la Constitución de
1791. Pero, quizás la de Cádiz es, en algunos aspectos políticos, más avanzada,
más liberal".
Eisdale ve pocas conexiones con Estados Unidos. "En Cádiz se estableció un
estado, es decir, un poder central, mucho más fuerte; pero no sé si esto
constituye un avance. Respecto a la Constitución francesa, si nos referimos a
la primera, la de 1791, la de Cádiz no diferenció entre los ciudadanos según su
poder económico. Nada de ciudadanos activos y ciudadanos pasivos. Solamente
ciudadanos. Y para mí esto es la gran importancia en la historia de España: el
19 de marzo de 1812 fue el momento en el que se reconoció el principio político
de que todos los españoles son iguales, todos los españoles tienen los mismos
derechos, los mismos deberes, las mismas posibilidades". Esto es sobre el
papel. En la práctica no fue así. "El sistema político creado por las
Cortes de Cádiz fue una consagración del caciquismo. Pero, al menos, el
principio se reconoció, y esto me parece digno de mención".
García Ruiz opina que "no es posible hablar de Francia porque los
franceses lo ensayaron casi todo. En cambio, la americana sí que es el epígono
del constitucionalismo, así que seria difícil decir que la de Cádiz la
sobrepasa. Pero sí que puede afirmarse que lo extraordinario de la Constitución
de Cádiz es la modernidad de muchas de las instituciones que esboza, como la
consagración de los principios que son la base de la independencia
judicial".
Quien se acerca al texto del Doce sin más conocimiento que la publicidad institucional
se sorprende que sea tan conservadora en materias como la religión o que
mantenga la esclavitud. Mientras, el texto es muy avanzado cuando proclama la
libertad de imprenta y la necesidad de la educación universal. ¿Cómo puede
explicarse esto desde la perspectiva de la época?
Ramos desanuda el conflicto: "Indudablemente, no es una constitución
democrática, pues no establecía el sufragio directo que, además, solo concedía
a los hombres, marginando a las mujeres, junto a los incapacitados y a los sirvientes
domésticos; ni garantizaba los derechos de reunión y de asociación. Y, pese a
que regulaba la libertad de opinión y expresión, la restringía en el ámbito
religioso, entre otros aspectos que impiden denominarla democrática. Sin
embargo, pretendía lograr la libertad individual, la mejora de la sociedad
mediante la ilustración -la educación- y la libertad de opinión, que recoge en
un decreto instrumentalista, el de la libertad de imprenta".
A Esdaile ni le sorprende ni ve contradicciones. "Ocurrió lo mismo en la
Constitución americana". El hispanista lo justifica de algún modo.
"Hay que vivir con lo que no se puede cambiar. Muchos diputados veían como
fenómenos absolutamente naturales tanto la esclavitud como el catolicismo de
los españoles". Los artículos relacionados con la religión suelen ser
atribuidos al miedo de los liberales a soliviantar a la Iglesia, contando con
que muchos de sus miembros fueron participantes destacados en las Cortes de
Cádiz, pero Eisdale da una vuelta de tuerca. "En lo que se refiere a la
religión, no fue solamente el resultado de consideraciones prácticas. La
Iglesia fue un canal de comunicación con el pueblo absolutamente imprescindible
y el cura párroco un agente muy importante de un Estado que tenía muy pocos
agentes de cualquier tipo, siendo el resultado que liberar a la población de
España de su influencia no le convenía a nadie".
García Ruiz no le da más vueltas: "No es posible comprender las
instituciones del pasado sin acercarse a ellas previo el conocimiento de las
ideas predominantes y la sociología del tiempo cronológico en que se
incardinan".
La conmemoración del Bicentenario pretende abrirse a América. De hecho, uno de
los grandes momentos de la agenda del Bicentenario es la Cumbre Iberoamericana
que se va a celebrar en la ciudad en otoño, con la presencia de jefes de Estado
y con temas sobre la mesa que la diplomacia española considera que pueden
suponer un giro de acercamiento hacia la otra orilla. La excusa es magnífica,
pero ¿qué influencia real tuvieron las Cortes de Cádiz, con su representación
americana incluida (más de 60 diputados), en los hechos que se produjeron en
América y que acabaron con la independencia de las colonias?
Alberto Ramos no tiene dudas. "Considero que hay una huella real de Cádiz en
América, huella que se puede rastrear ya en el seguimiento que tuvo en América
la Proclama de la Junta de Cádiz a los Americanos. Por otra parte, no se
debe olvidar que la Constitución gaditana de 1812 influyó de manera destacada
en el desarrollo de la contemporaneidad en Europa y en América, ya que la norma
gaditana se convirtió en el modelo y en el estandarte de las reivindicaciones
de libertad de muchos pueblos del viejo y del nuevo continente. En
Latinoamérica, en las primeras décadas del siglo XIX, mientras se desarrollaban
las luchas emancipadoras, se ensayaron fórmulas políticas de consolidación de
las nuevas naciones independientes y, en muchos casos, la experiencia de los
diputados americanos en las Cortes gaditanas y el propio texto de la Constitución
contribuyeron al fortalecimiento de los nuevos estados libres".
Nuestro otro invitado, Charles Eisdale, afirma que, sin lugar a dudas
"aquí hay materia para un libro". Y su opinión no es benévola y se
sale por completo de la bonhomía del discurso que tiende lazos entre los dos
continentes: "Las Cortes de Cádiz fueron un desastre respecto a América:
hipócritas, racistas, imperialistas, ignorantes, deshonestas y carentes de
visión. Desde los primeros momentos negaron a los americanos la justicia y la atención
más mínima. No hay duda de que esa actitud tenía su impacto en el imperio. No
se puede decir que las Cortes de Cádiz causaron a las revoluciones americanas,
pero aceleraron a su éxito".
Desde el punto de vista del constitucionalista no es necesaria tanta
visceralidad. "Tuvo poca influencia en lo político aunque la Constitución
de Cádiz llegó a proclamarse en casi las dos terceras partes de la América
Española, pero ya no pudo detener los procesos independentistas. Mayor fue la
influencia filosófico-jurídica pues muchos artículos de las primeras
constituciones americanas siguieron de cerca sus correlativos de la de Cádiz.
Esto se puede ver claramente en algunas constituciones antiguas, pero todavía
vigentes, siquiera sea nominalmente, como es la de Argentina".